Con el objetivo de profundizar el proceso democrático y lograr una activa participación de la ciudadanía, que redunde, de esa manera, en una mejor legitimación en la aplicación de ciertas normas que tengan trascendencia social; el primero de los proyectos establece la Consulta Popular como procedimiento de participación ciudadana para someter al voto popular ordenanzas o actos administrativos que necesiten de la ratificación del pueblo.
El articulado del proyecto establece que serán motivo de consulta popular la concesión de obra, servicios públicos y de explotación comercial por un plazo mayor a diez años; disposición o medidas de impacto ecológicos o graves perturbaciones urbanísticas; ordenanzas que fueran vetada por el Departamento Ejecutivo Municipal; u otros temas de interés público. Pueden convocar a una consulta popular tanto el intendente como el Concejo.