Expresamos nuestro compromiso para que la Constitución de Santa Fe consagre con jerarquía constitucional los derechos de consumidores y usuarios en sintonía con los preceptos del art. 42 de la Constitución Nacional.
Consideramos que la Constitución provincial debe garantizar la defensa de los derechos de los consumidores; proteger su salud, libertad, seguridad, privacidad y patrimonio; asegurar el acceso a información transparente, adecuada, veraz y oportuna; y garantizar el trato digno en todas las relaciones de consumo. Asimismo, debe desarrollar políticas públicas que promuevan la educación para el consumo y establecer gratuidad y máxima celeridad de todos los trámites administrativos y judiciales para los consumidores.
Por otra parte, es esencial que la Constitución brinde protección a aquellos consumidores hipervulnerables que presenten especiales dificultades para ejercer plenamente sus derechos en razón de su edad, género, salud, circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, y entornos digitales. Niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, personas que pertenecen a la comunidad LGBTQ+, migrantes, turistas, miembros de comunidades de pueblos originarios, habitantes de barrios populares o zonas rurales, y personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica deben contar con una mayor protección y asistencia del Estado en el ejercicio y reclamo de sus derechos como consumidores y usuarios.